En 2026, los contribuyentes en Ecuador deben cumplir con un calendario tributario definido por el SRI, que incluye declaraciones mensuales de IVA y retenciones, así como la presentación anual del Impuesto a la Renta y anexos de gastos personales. El cumplimiento oportuno es clave para evitar sanciones y mantener la salud financiera de empresas y personas.
Declaraciones Mensuales
IVA mensual y retenciones en la fuente: se presentan entre el 10 y el 28 de cada mes, según el noveno dígito del RUC. Contribuyentes especiales deben declarar hasta el día 9 de cada mes.
Régimen RIMPE (emprendedores y negocios populares): declaración de IVA correspondiente al semestre anterior, también entre el 10 y el 28.
Declaraciones Anuales
Impuesto a la Renta (IR):
Personas naturales: ingresos del año 2025 se declaran entre el 10 y el 28 de marzo de 2026.
Contribuyentes especiales: hasta el 9 de abril de 2026.
Anexo de gastos personales: obligatorio para personas naturales que buscan deducciones en el IR.
Otras Obligaciones Empresariales
Pago de tasas y contribuciones municipales (enero).
Registro y cumplimiento laboral y de seguridad social.
Calendario Tributario 2026 (Resumen)
IVA mensual y retenciones: 10–28 de cada mes (según RUC).
IVA mensual contribuyentes especiales: día 9 de cada mes.
IR personas naturales: 10–28 marzo 2026.
IR contribuyentes especiales: 9 abril 2026.
Anexo de gastos personales: según calendario SRI.
RIMPE (IVA semestral): 10–28 enero 2026.
Consecuencias del Incumplimiento
Multas y sanciones económicas por retraso en declaraciones o pagos.
Intereses por mora aplicados sobre impuestos no cancelados a tiempo.
Suspensión de RUC o limitaciones en trámites en casos de incumplimiento reiterado.
Recomendaciones para Contribuyentes
Revisar el calendario tributario publicado por el SRI.
Automatizar procesos con facturación electrónica y recordatorios.
Consultar con expertos contables para optimizar deducciones y evitar errores.
Controlar gastos personales para aprovechar deducciones en el IR.